No reelección, un principio inquebrantable de la política mexicana

Ricardo Cruz García

La no reelección es un postulado que marcó al sistema político mexicano del siglo XX, aunque sus antecedentes los encontramos desde décadas antes. Solo hay que recordar que el presidente Benito Juárez, ya durante el periodo de la República Restaurada, fue criticado por su afán de mantenerse en el poder. Lo mismo ocurrió poco después con Sebastián Lerdo de Tejada y, más tarde, con quien había encabezado sendas rebeliones en contra de ambos por esa razón (y en su segundo intento triunfó): Porfirio Díaz.

 

El movimiento antirreeleccionista

Todo empezó con la famosa entrevista de Porfirio Díaz a James Creelman en 1908, en la que el presidente lanzó expresiones como estas: “He esperado pacientemente por que llegue el día en que el pueblo de la República Mexicana esté preparado para escoger y cambiar sus gobernantes en cada elección, sin peligro de revoluciones armadas, sin lesionar el crédito nacional y sin interferir con el progreso del país. Creo que, finalmente, ese día ha llegado”; “No importa lo que al respecto digan mis amigos y partidarios; me retiraré cuando termine el presente periodo y no volveré a gobernar otra vez”; “No tengo deseos de continuar en la presidencia, si ya esta nación está lista para una vida de libertad definitiva”.

Luego de tales revelaciones, el coahuilense Francisco I. Madero empezó a organizar una campaña para competir en las siguientes elecciones presidenciales. Sin embargo, como había olvidado aquellas palabras de 1871 de su Plan de la Noria, Díaz también pronto dejó de lado sus declaraciones a Creelman y anunció que se postularía de nuevo para los comicios de 1910.

Mientras tanto, desde 1909 y justamente bajo las banderas de “No reelección” y “Sufragio efectivo”, Madero recorrió buena parte del territorio nacional para dar a conocer su programa político. Su propuesta se centraba en evitar la perpetuación de los gobernantes en el poder, en especial de don Porfirio, como lo enfatizó en su libro La sucesión presidencial en 1910 (1908-1909): “[Díaz] Por dos veces ha ensangrentado al país con la guerra civil, para hacer triunfar el principio de no-reelección, y a pesar de eso, él se ha reelegido cinco veces y ha apoyado a los gobernadores de los estados para que hagan otro tanto”.

Para apuntalar su estrategia de campaña, Madero creó e impulsó clubes antirreeleccionistas en las principales ciudades del país y poco después también dio pie a la fundación del Partido Nacional Antirreeleccionista. Asimismo, en abril de 1909 se organizó la Convención Antirreeleccionista, en la cual Madero fue designado candidato a la presidencia, y Francisco Vázquez Gómez a la vicepresidencia. A lo anterior se sumó el periódico del movimiento: El Antirreeleccionista, fundado en agosto de 1909 y dirigido por el ingeniero Félix F. Palavicini (quien años después fundaría El Universal, que hasta la fecha existe), con la colaboración de un joven José Vasconcelos.

Por lo que se puede apreciar, la campaña maderista giró en torno a ese principio que perduraría en la clase política durante el siglo XX y que tiene resonancia hasta nuestros días. Con ese postulado también, Madero pudo triunfar después de llamar al alzamiento armado que culminó con la renuncia de Díaz a la presidencia tras más de treinta años en el poder.

El antirreeleccionismo después de Madero

Al día siguiente de que Madero llegara formalmente al gobierno de la República, el 7 de noviembre de 1911 el Congreso aprobó una nueva reforma constitucional (la última que se hizo a la carta magna del 57) para prohibir la reelección del presidente y los gobernadores, la cual entró en vigor el 27 del mismo mes. El artículo 78 quedó de la siguiente manera:

“El Presidente y el Vicepresidente entrarán a ejercer sus encargos el 1°. de diciembre, durarán en él seis años y nunca podrán ser reelectos.

El Presidente nunca podrá ser electo Vicepresidente. El Vicepresidente no podrá ser electo Presidente para el periodo inmediato.

Tampoco podrá ser electo Presidente ni Vicepresidente el Secretario del Despacho encargado del Poder Ejecutivo al celebrarse las elecciones”

Al mismo tiempo, fue cambiado el artículo 109 constitucional, referido a los gobernadores de las entidades federativas:

“El periodo para el cargo de Gobernador no podrá exceder de seis años. Son aplicables a los Gobernadores de los Estados y a los funcionarios que los sustituyan, las prohibiciones que para el Presidente, el Vicepresidente y el Presidente interino de la República establece respectivamente el artículo 78.”

 

Si desea leer el artículo completo, adquiera nuestra edición #169 impresa o digital:

“Nacionalismo Revolucionario”. Versión impresa.

“Nacionalismo Revolucionario”. Versión digital.

 

Recomendaciones del editor:

Si desea saber más sobre la historia de México, dé clic en nuestra sección “Historia de México”.

 

Title Printed: 

No reelección