Desde tiempos novohispanos, los destilados del maguey se han llamado de manera distinta en cada región, aunque de a poco el término mezcal se empezó a extender y su uso se generalizó.
En el Archivo General de la Nación se resguarda un documento de 1784 (Aguardiente de Caña, vol. 1, exp. 1.) que contiene una extraordinaria lista de 77 bebidas alcohólicas que se consumían en la época novohispana. La casi totalidad de estas estuvo prohibida por argumentos morales y económicos, pues se consideraba que eran dañinas para la salud y que ocasionaban problemas sociales como la relajación en el buen comportamiento de las personas o la disminución de actividades productivas por la embriaguez que ocasionaban. Estas bebidas tampoco eran aceptadas por las autoridades españolas, pues no representaban un ingreso económico importante para la Real Hacienda, ya que constituían una seria competencia para las que sí estaban permitidas como el pulque blanco, el vino de Castilla, el aguardiente de caña (importado de Cataluña y Cádiz) y el vino mezcal, que había sido permitido solo en Nueva Galicia a partir de 1672.
Estas bebidas se pueden clasificar ampliamente en destiladas y fermentadas, pero al mismo tiempo varias de ellas eran combinaciones con frutos, hierbas, raíces o con otras bebidas por lo que otras categorías de clasificación podrían ser simples y compuestas. A continuación la lista completa:
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“Circular pidiendo noticias de las bebidas que se acostumbran en esta Nueva España”