En 1574 el virrey Martín Enríquez de Almanza ordenó que “se cobre alcabala de todas las mercaderías que vinieren y se trajeren de los reinos de España […] la dicha razón de dos por ciento del principio que se vendiere”. Con ello introdujo en América un impuesto, cuya etimología se remonta a la época del asentamiento musulmán en la península ibérica entre el año 711 y 1492, y que está relacionada con la acción de recibir algo valioso.
La aplicación de este gravamen en Castilla y posteriormente en España fue para apoyar financieramente a la monarquía en sus constantes gastos militares. Su fácil aplicación en un Estado cada vez más fuerte política y comercialmente, rindió grandes frutos y con el tiempo la Corona tuvo funcionarios especializados en los procedimientos de cobro. En el momento en que alguna mercancía partía, se expedía un pase con fecha, remitente, conductor, valor, descripción de lo que se transportaba y destino.
Tras la Independencia de México, diversos impuestos del viejo régimen desaparecieron, como el famoso quinto real. Para el ministro de Hacienda de Guadalupe Victoria, don Francisco Arrillaga, la alcabala impedía la circulación de bienes dentro del territorio nacional; sin embargo, representaba casi una tercera parte de las recaudaciones del Estado, pues el porcentaje de impuesto llegaba al 6%, por lo que su abolición por ese y los subsecuentes gobiernos fue imposible dadas las condiciones de inestabilidad y endeudamiento del siglo XIX. Hacienda se mostró a favor de cumplir leyes fiscales existentes, más que de elaborar nuevas.
Fue hasta el régimen de Porfirio Díaz cuando la amplitud de la red ferroviaria y el control de los gobiernos estatales permitieron una reforma fiscal lo suficientemente fuerte para que los representantes de los estados convinieran “en ningún caso gravar el tránsito de personas o cosas que atraviesen su territorio”.
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