Choque de poderes

La búsqueda de la supremacía parlamentaria

Josefina Mac Gregor

Las sombras del pasado Legado de la XXV Legislatura era el expediente relativo a la acusación hecha por José Barros contra José Y. Limantour por delitos oficiales. En relación con este asunto hubo un enfrentamiento serio que involucró a los tres poderes y sólo gracias a la mesura de uno de ellos, el Judicial, pudo resolverse sin llegar a extremos violentos.

El dictamen de las comisiones favorecía al acusado al liberarlo de sospecha y Barros solicitó amparo contra la celebración del Gran Jurado donde debía decidirse la cuestión, alegando anomalías en el proceso. El juez que tuvo conocimiento de la petición dio entrada al amparo y se dirigió a la Cámara de Diputados ordenando la suspensión del acto por 72 horas; el presidente de ésta dio entonces curso al siguiente trámite: “no ha lugar a la suspensión decretada, porque en juicios políticos no debe admitirse la injerencia de autoridades de ningún orden”. La Cámara rechazó el trámite y se pasó el oficio del juez a la sección Escrutadora, solicitando su parecer. Esta corporación opinó que no era de concederse la suspensión porque el amparo solicitado por Barros no procedía, tanto por no tener éste personalidad para solicitarlo como por no corresponder a un acusador quejarse por violación de garantías individuales.

Como era de esperarse, la discusión se centró en la procedencia o no del amparo, en qué consistía éste, a quién se otorgaba, etc.; no obstante, una de las partes más importantes del debate hizo referencia a la cuestión política y a la interpretación de la ley en cuanto a las funciones de la Cámara. Francisco de Olaguíbel sentenció al respecto: "¿vamos a despojarnos de nuestra soberanía, en beneficio de la justicia federal, a quien al fin y al cabo si se le permite una intromisión en cuanto a la forma, tendremos que permitírsela en cuanto al fondo? Resulta de esto que se echa por tierra la acción de la Comisión de Gran Jurado [para conocer los delitos oficiales como jurado de acusación], la independencia de los Poderes y la Soberanía de la Cámara desde el momento en que la justicia federal da un paso fuera o invade terreno que le está vedado, entonces la justicia federal no es grande. En todo caso, no podemos sacrificar a esa falsa garantía, deleznable y efímera, la grandeza de esta asamblea, la dignidad de la Cámara de Diputados de la que no nos es lícito abdicar".

Rodolfo Reyes, por su parte, defendió la orden del juez e incluso aseguró que los constituyentes mexicanos hicieron del Judicial el poder más fuerte, por ser “el más humilde”, por no tener bayonetas. Jorge Vera Estañol se enfrentó entonces a Reyes y aseguró que, de haber sido ese el sentir de los creadores del Senado en 1874, no se habría retirado a la Suprema Corte de Justicia la capacidad de sentenciar en los juicios de responsabilidad oficial: “Lo que quiere el señor diputado Reyes es que nosotros la pasemos de las manos del
Poder Legislativo a las manos de la Suprema Corte de Justicia”.

Querido Moheno, por su parte, hizo notar que el país no se salvaría supeditando la Cámara “a los dictados más o menos arbitrarios de un juez de distrito” y destacó la terrible situación en la que se encontraba la justicia, en lo que a sujeción y vicios se refería. Para este diputado, la salvación nacional sólo podía surgir de la Diputación, e insistía en que “es el único Poder en donde ha quedado patriotismo suficiente... si llega a aparecer la virilidad en esta Cámara, la República se salvará; éste es el único cuerpo que puede salvarla”.

Pero, desde luego, esto no podía suceder, en opinión de los diputados, si se sojuzgaba la Cámara a la voluntad de los otros poderes. En apretada votación, 77 votos contra 70, se desechó finalmente la orden del juez y se citó a Gran Jurado. Además, en esta discusión, Moheno hizo graves acusaciones contra Rodolfo Reyes como participante que fue del cuartelazo de 1913 y por su gestión como secretario de Justicia en los inicios del gobierno de Huerta. Por su parte, Vera Estañol también había sido colaborador de Huerta como secretario de Instrucción Pública. Cabe decir que los tres eran destacados abogados.

El juez Guillermo Sánchez Barquera insistió en su decisión ante la medida de la Diputación, e hizo notar que el oficio enviado anteriormente no era una solicitud, “sino la comunicación de un mandato de este mismo Juzgado”, por lo que requería se diera cumplimiento a la suspensión de erección de la Cámara en Gran Jurado, en tanto se pronunciaba la sentencia definitiva. Manteniendo su línea de acción, la Cámara sostuvo lo que había dispuesto y se erigió en Gran Jurado de acusación.

Las cosas subieron de punto. El juez apeló al poder Ejecutivo, quien le hizo saber que se podía disponer de la fuerza pública solicitada para suspender el Gran Jurado. Además, se puso el asunto en conocimiento de la Suprema Corte de Justicia, la cual acordó que se revocara la orden del juez, después de una acalorada y expedita discusión. En la comunicación enviada a la Cámara relativa al acuerdo de la Suprema Corte, por el que se suspendía dicha orden judicial, se declaraba que serían revisados, por la propia Corte, todos los hechos que ocasionaron el problema, pero se acababa reconociendo “que se trata de un conflicto entre la Cámara de Diputados, que no tiene superior en el orden constitucional, y el Poder Judicial de la Federación”.

Este acuerdo limó las asperezas y eliminó, o cuando menos pospuso, el choque violento del poder Ejecutivo con el Legislativo; aquel ya parecía estar dispuesto a acabar a toda costa con la actitud independiente de los diputados al preparar elementos represivos en su contra. Las limitaciones y escasez de las fuentes impide saber si hay alguna vinculación entre la orden del juez Sánchez Barquera y el propósito de Huerta de cerrar la Cámara de Diputados; tampoco puede decirse a qué obedeció la decisión de la Suprema Corte que resolvió el conflicto en ese momento.

La Cámara, mientras tanto –al parecer inconsciente del peligro que corría–, erigida en Gran Jurado, acordó que no había delito que perseguir en la acusación presentada contra José Yves Limantour.

Liberales contra católicos
Este mismo fue el sentido de enfrentamiento que se dio a la negativa de la Cámara para autorizar la ocupación del cargo de secretario de Instrucción Pública y Bellas Artes al diputado Eduardo Tamariz, no obstante que los diputados que apoyaron esta medida insistían en que lo hacían porque Tamariz había violado la Constitución al tomar posesión del cargo antes de obtener la licencia respectiva. Sin duda alguna, el hecho de que se tratara de un connotado católico era motivo suficiente para que se impidiera su acceso a una secretaría, particularmente la encargada de los asuntos educativos, hecho por demás evidente si se considera que poco después, en la misma situación, sí se concedió licencia a Nemesio García Naranjo para ocupar el mismo puesto. Sin embargo, en el fondo de la cuestión se manifestaba, también de manera clara, la intromisión del poder Legislativo en los caminos que seguía el Ejecutivo: parecía claro que la misión de aquél era no sólo vigilar lo que éste hacía, sino también indicarle cómo debía hacerlo.

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