Diarios sensacionalistas solían señalar el consumo de marihuana como razón de cualquier conducta delictiva o nociva para la sociedad; además, se fomentaban las acusaciones fortuitas, el chismerío prejuicioso y la intromisión en la vida privada.
La primera prohibición formal de la marihuana en México data de 1869, por medio de un bando emitido en el Distrito Federal. En esta disposición se menciona que por órdenes del gobernador se hace “público que queda prohibida la venta de la yerba nombrada marihuana”, y se advierte que en consecuencia a “la persona que contravenga lo dispuesto, se le aplicará la pena de un mes de prisión”. A pesar de que la palabra marihuana llevaba unas cuantas décadas de haberse popularizado, las autoridades de la capital la consideraban un peligro que ameritaba arrestar y criminalizar a sus usuarios, todos ellos provenientes de sectores de la sociedad desfavorecidos. Esto nos lleva a preguntarnos si esta planta era en realidad un peligro real, o más bien, fue un recurso utilizado para criminalizar la pobreza, la marginación y la vagancia.
La siguiente prohibición de la marihuana data de 1871. Se trata de un bando del ayuntamiento de Guanajuato, ante “los graves males que causa el uso de la yerba vulgarmente llamada marihuana y teniendo en cuenta la obligación que se ha impuesto de velar por el bien público”, dispuso cuatro medidas puntuales. La primera señalaba que se “prohíbe la venta de la marihuana a no ser en las boticas, donde no se despachará, sino con receta de médico a cuyo título haya dado el mismo Ayuntamiento”. La segunda prohibía su introducción a los municipios del estado, excepto cuando se tuviese permiso para ser “consignada a alguna de las boticas autorizadas”. La tercera mencionaba que la infracción a estas disposiciones “se dará el efecto de comiso (sic) mandándose a quemar por la autoridad política”. El cuarto inciso precisaba otras drogas objeto de restricción, entre las cuales destaca la nuez vómica, el higuillo de Indias, “la baba de San Ignacio”, el cianuro de potasio y “otras sustancias venenosas”. Estas normas y cláusulas cada vez más especiales y sofisticadas para castigar, al igual que en la capital, a los sectores sociales menos favorecidos.
El siguiente registro es de 1882, durante el breve tercer periodo de Porfirio Díaz como gobernador de Oaxaca. La planta “Rosa María, conocida comúnmente como marihuana” fue prohibida en el Código Penal de aquel estado. En lo general, copiaba lo dispuesto por el Código Penal Federal de 1871, donde los dos primeros artículos dentro del apartado “Delitos contra la salud pública” son casi idénticos a los del Código de Oaxaca. Sin embargo, una diferencia notable es que en el ordenamiento de la entidad sureña se agregó explícitamente la prohibición de la hierba.
En función de la potestad estatal de elaborar su propio Código Penal y de legislar en materia de salubridad, el estado gobernado por Porfirio Díaz decidió incluir como tipo penal la venta de esta planta sin prescripción médica. Dentro del orden militar oaxaqueño era evidente la deserción y la insubordinación de aquellos que la consumían. Los rangos superiores –entre quienes por mucho tiempo se encontró el gobernador– consideraban esas conductas como efecto directo del uso de la marihuana. El gobierno de Oaxaca dictó órdenes para la supresión de su venta en droguerías y boticas, así como para la estricta prohibición de su uso en los cuarteles.
Otros registros indican que, en 1888, en el municipio de Cosalá, Sinaloa, la venta fuera de boticas se castigaba con multa de veinticinco pesos y el consumo con la sanción que “la autoridad considerara apropiada”. En 1891 se prohibió venderla en el Estado de México y en 1896 el gobierno municipal de Ciudad de México reiteró la prohibición de su venta no farmacéutica. Ese mismo año, en Culiacán, Sinaloa, se prohibió su venta y consumo sin prescripción, con multa de hasta diez pesos y arresto de hasta diez días.
También en 1896 se prohibió el comercio y cultivo de marihuana (y de toloache) en Querétaro. El decreto fue firmado por el gobernador Francisco González de Cosío y la causa de la prohibición era el “mal uso que algunas personas hacen de la planta”, el cual “no solo es perjudicial a ellas mismas, sino también a la sociedad en que viven”. Pero se especificaba que sobre estas prohibiciones quedarían exceptuadas las farmacias que comerciasen con la planta siguiendo los controles sanitarios prestablecidos. Al infractor se le sancionaba con hasta quince días de prisión y se especificaba que ese decreto sería objeto de la “acción popular”; es decir, se facultaba a la población a denunciar anónimamente a cualquier sospechoso, recibiendo con ello la mitad de la multa que pagase el infractor.
La marihuana comenzaba, entonces, a ser un agente causante de asperezas en el tejido social, fomentando las acusaciones fortuitas, el chismerío prejuicioso y la intromisión en la vida y esfera privada de los conciudadanos. Estas eran prácticas muy comunes entre la población conservadora que habitaba las ciudades provincianas de aquella época.
La prohibición de la marihuana en Querétaro ocurrida en la última década del XIX llama la atención, dado que la planta se mostró en exposiciones, como la Universal de París de 1886, o en ferias internacionales como orgullo de la herbolaria medicinal y patrimonio botánico de este estado.
La planta se vendía como remedio herbal y sus usos eran cada vez más populares. Sin embargo, se prohibió a nivel estatal, buscando aniquilar esos usos y además facultando a la población queretana para señalar y acusar a las personas relacionadas con esta como criminales en potencia. Estas acusaciones solían provenir de sectores altos o medios de la sociedad de la entidad, señalando a los bajos, acusándolos por el simple hecho de sembrar o de fumar una planta que en ese momento ya se relacionaba con el crimen.
Consecuencia de un consumo cada vez más extendido de marihuana en la República Mexicana, encontramos un registro en Zacatecas, donde en 1904 “se prohíbe la venta de la planta conocida vulgarmente con el nombre de Marihuana, fuera de las boticas y droguerías, en las cuales solo podrá venderse como planta medicinal y por prescripción médica”. También en Nuevo León, donde en 1905 se prohíbe la venta de la planta y se instruye que quienes la recolectan en estado silvestre solo podrán venderla a farmacias que tengan permisos oficiales.
De igual forma, también encontramos un registro correspondiente a Ciudad de México que data de 1908, cuando se emitió una disposición que insistió en la necesidad de contemplar a la marihuana como una planta que necesitaba ser objeto de proscripción. El gobernador en turno, Guillermo de Landa y Escandón, precisó el castigo a la venta y el consumo sin prescripción médica con hasta treinta días de prisión y se impedía comunicación al detenido hasta que se pagase la multa impuesta. Landa y Escandón, por cierto, formaría parte de la “Compañía Expendedora de Pulques” y a su vez organizó, entre 1903 y 1911, la “Sociedad Mutualista y Moralizadora” que tenía como objetivo promover los hábitos saludables y combatir los vicios.
Prensa: clasismo y racismo
Paralelamente a las prohibiciones en diversas partes de la República y conforme se acercaba el final del siglo XIX, varios periódicos publicaron notas donde se presentó de muy mala manera a los consumidores de marihuana. Había una línea editorial que sistemáticamente alimentaba la caracterización negativa de la planta. Se le relacionaba con las clases bajas, con lo indígena y con lo irracional (particularmente con la locura). Solía estar envuelta en escenarios violentos y sangrientos. Para la prensa mexicana, esta planta sin duda gozaba del potencial necesario para estar presente en la nota roja.
Al final la prensa jugó un papel muy importante en la aceptación de las leyes que prohibían la marihuana y que tildándolo de “vicio” buscaban erradicar un hábito popular cada vez más enraizado en las costumbres cotidianas. “Viciosos marihuanos duermen en las calles del centro de la ciudad”, “Asesina a su esposa bajo los diabólicos efectos de la marihuana”, “Con cuchillo en mano y fuera de sí tras fumar marihuana un joven fue arrestado por las autoridades”, son títulos de algunas noticas que sirven para ejemplificar el tono con el que la prensa abordaba el consumo de esta planta a finales del siglo XIX. En realidad, los expedientes judiciales de la época no muestran que aquellas notas tuviesen relación con la realidad. Más bien, el sensacionalismo y el amarillismo detrás de estas se erigía como una línea editorial que despreciaba a una planta con usos indígenas y que además era ampliamente usada por las clases populares.
“Para que haya marihuanos nada más se requiere que un consuetudinario convide a alguno con un cigarrillo y una vez probado, es seguro que el novicio pronto se haga profeso infeliz, que llegue a estúpido o termine en el cadalso”. Esa referencia data de 1897 y proviene de una revista con aspiraciones científicas, La Farmacia, donde también se podía leer que “el cáñamo indio, o Rosa María o marihuana, enerva, produce alucinaciones halagüeñas, expansión de ánimo, turbulencia que tiende después a la exaltación y al delirio impulsivo” Se trataba de un “delirio impulsivo” que según la prensa llevaba a sus usuarios a violentar, a agredir, a matar. Los fumadores de marihuana eran considerados un peligro social, por las leyes y por la prensa.
En aquel artículo de La Farmacia se concluye que en otras regiones del planeta “el delirio que determina la marihuana es turbulento, pero en nuestro país llega al furor, a la impulsión terrible y ciega que conduce al asesinato” y en este sentido agregaba, que “el uso de cáñamo indio se encuentra en todas las regiones en donde nace la planta y es ingerido en sustancia sólida o liquida, o en humo, más en ninguna parte del globo produce tan fatales efectos como en la República Mexicana”.
En la prensa y sectores cercanos a las élites gubernamentales durante el Porfiriato, si bien el abuso o el “mal” uso de la marihuana se percibió como un problema grave propio de sectores específicos (militares, presos, vagos, rateros y criminales), este consumo comenzaba a constituirse como una preocupación social cada vez más generalizada. Sin embargo, no hay duda de que, en sentido contrario, había aún evidencia científica que respaldaba algunos de sus beneficios terapéuticos.
Tampoco hay duda de que la planta y varios de sus derivados fueron avalados como medicamentos por los saberes médicos y por la legislación mexicana durante la segunda mitad del siglo XIX y principios del XX. Pero en contraposición a esa evidencia y a esa regulación sanitaria, varias disposiciones estatales prohibían ya la planta. Al final, la tensión de ambas posiciones, y la batalla discursiva, la ganarían aquellos que la despreciaban y temían, mismos que encontraron eco y apoyo en las voces que en la prensa y en las leyes resaltaban las características negativas o el potencial efecto nocivo de la hierba.
El artículo "Las primeras prohibiciones" del autor José Domingo Schievenini es sólo un extracto del dossier del número 140 de Relatos e Historias en México. Cómprala aquí.